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Agriculture, Subsidies and the WTO
     
   

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La Agricultura, las Subvenciones y la OMC | EL COMERCIO DE SERVICIOS | Los ADPIC y la Salud Pública

La Agricultura, las Subvenciones y la OMC

Una vaca común en la Unión Europea recibe del gobierno una subvención de US$2.20 por día. La vaca gana más que las 1.2 mil millones de personas más pobres del mundo.

El Hon. Mark Vaile, Vice Primer Ministro y Ministro de Comercio, Australia
Discurso en el Instituto Sydney, Sydney, 24 de Octubre, 2005

Esta comparación asombrosa es una herramienta útil para hacernos ver lo importante que son las discusiones comerciales sobre la agricultura. Los temas agrícolas en la Organización Mundial de Comercio (OMC) conciernen a casi todos. Sin embargo, las discusiones entre los miembros de la OMC parecen bastante opacas y complejas. Este estudio, enfocado en las subvenciones agrícolas, es un intento de explicar qué son las subvenciones y cómo se aborda la cuestión dentro de la OMC.

Existen varios tipos de subvenciones; pueden estar vinculadas de manera directa al nivel de producción o de manera indirecta, como las subvenciones para sistemas de riego. Pueden brindar garantías de ganancias mínimas a los agricultores. Las subvenciones también se pueden usar para promover las exportaciones de los productos agrícolas (subvenciones de exportación). Sin importar el tipo de subvención, todos tienen el mismo efecto: incitan a los agricultores a la producción. El exceso de la producción se coloca en el mercado mundial. Esto puede causar una reducción en el precio del producto porque existe demasiada disponibilidad del mismo. Cuando grandes cantidades de un producto se hacen disponibles, esto obliga una reducción en los precios, mientras que cuando un producto es escaso, es más caro. El proceso de inundar el mercado mundial con el exceso de la producción e inducir una reducción en los precios se llama dumping.

Esto ha estado pasando por años ya en el sector agrícola. De hecho, los países desarrollados, encabezados por la Unión Europea (UE) y los Estados Unidos (EE.UU.), conceden elevadas subvenciones a su agricultura, lo que permite a sus agricultores y agroindustria vender sus productos a un precio más bajo que el costo de producción. Los agricultores de países en vías de desarrollo pueden tener dificultades al competir con estos precios, ya que sus mismos costos de producción podrían ser más altos que el precio del producto en el mercado mundial. Según el Banco Mundial, las subvenciones agrícolas en los países que pertenecen a la OCDE1 resultan en una pérdida estimada en USD 30 mil millones al año para los agricultores en países en vías de desarrollo. Si estas subvenciones fueran eliminadas, el sector agrícola ganaría USD 250 mil millones por año, USD 150 mil millones de los cuales se destinarían a los países en vías de desarrollo y los países menos desarrollados2. Para entender mejor la situación, analicemos el impacto en la industria del algodón en Malí.

Para entender mejor la situación, analicemos el impacto en la industria del algodón en Malí.

A mediados de los noventa, el Bando Mundial animó al gobierno de Malí a cultivar algodón, ya que el país tenía una ventaja comparativa3 en este campo. El país siguió este consejo con éxito y llegó a ser el segundo productor más grande de algodón en África después de Egipto. Sin embargo, los precios de algodón cayeron regularmente en este período. A pesar de esto, en 2001, los productores de algodón de América registraron una cosecha récord.4 Esto se puede explicar por las subvenciones que reciben los productores americanos. Entre 1999 y 2003, los 25,000 productores de algodón de América recibieron USD 13.9 mil millones, lo cual representa una tasa de subvenciones del 89.5%5 Anualmente, esto representa alrededor de USD 3.2 mil millones en subvenciones para los productores de algodón americanos, más USD 1.6 mil millones en ayuda para exportaciones6. Claramente, este es un ejemplo de dumping, el cual ha tenido efectos desastrosos en la economía de Malí. Efectivamente, Malí perdió el equivalente del 1.7% de su PBI y el 8% de sus ganancias de exportación. Estas pérdidas (USD 43 millones) son más grandes que el monto recibido por Malí de la USAID en 2001 (USD 37.7 millones)7. El Ministro de Finanzas de Malí de aquel entonces hizo este comentario relevante: “El dinero que esos países metieron en subvenciones agrícolas es cinco veces lo que dan como asistencia para el desarrollo. Y nosotros siempre hemos dicho a esos países ricos, “son unos hipócritas”. Ustedes nos dicen que juguemos según las reglas del mercado libre a la vez que ustedes subvencionan a sus agricultores.”8

Existen numerosas situaciones similares en los mercados de azúcar, productos avícolas, lácteos y otros productos agrícolas, debido a las subvenciones de la UE o los EE.UU..

Ahora que ya tenemos una mejor idea de qué son las subvenciones y cuáles son sus efectos, miremos más de cerca cómo aborda la OMC esta cuestión.

La terminología de las Subvenciones en la OMC

Según la terminología de la OMC, la ayuda interna, i.e. las subvenciones no vinculadas a las exportaciones, se clasifica en “compartimentos”. Estos compartimentos son de tres colores diferentes: ámbar, azul y verde en orden desde las subvenciones que más distorsionan el comercio, hasta las que menos distorsionan el comercio. Normalmente, la OMC utiliza los compartimentos de color como semáforos: el rojo es prohibido, ámbar es para reducirse y el verde es permitido. Pero en la agricultura las cosas son mas complicadas; no existe la caja roja, pero si hay una caja azul.

  • El compartimiento ámbar incluye las medidas de ayuda interna que se considera que distorsionan el comercio y la producción, tales como medidas de sostenimiento de los precios, o subvenciones relacionadas directamente con el volumen de producción.

  • El compartimiento azul contiene todas las ayudas que normalmente se incluirían en el compartimento ámbar, pero que se toleran debido a que requieren que los productores limiten su producción.

  • El compartimiento verde contiene las subvenciones que no deben distorsionar el comercio o que, a lo sumo, hacerlo en grado mínimo. Estas subvenciones deben estar financiadas con fondos públicos y no han de sostener los precios.

Después de la Ronda Uruguay (1986-1994), continuaron las negociaciones de la OMC sobre la agricultura, según lo dicta el artículo 20 del Acuerdo de Agricultura, que dice que los miembros deben continuar las negociaciones apuntando hacia la reducción sustancial y progresiva de las medidas de apoyo y protección9. En 2001, la Declaración Ministerial de Doha enfatizó esta meta al poner en claro en el artículo 13 que “nos comprometemos (los miembros) a celebrar negociaciones globales encaminadas a lograr: mejoras sustanciales del acceso a los mercados; reducciones de todas las formas de subvenciones a la exportación, con miras a su remoción progresiva; y reducciones sustanciales de la ayuda interna causante de distorsión del comercio...”.10 En la reunión Ministerial de Cancún, considerada un fracaso, no se logró progreso adicional en las negociaciones sobre la agricultura.

No fue sino hasta 2004, con las Decisiones de Agosto de 200411 que se alcanzó un acuerdo para eliminar todas las formas de subvenciones a la exportación para una fecha “creíble”, así como todas las medidas de exportación cuyos efectos fueran equivalentes al de las subvenciones. En lo que a ayuda interna se refiere, los países desarrollados deberán reducir sustancialmente aquellas que distorsionan el comercio. Las ayudas del ‘compartimiento ámbar’ deberán reducirse usando una fórmula escalonada (las ayudas más grandes sufrirán reducciones mayores), las del ‘compartimiento azul’ deberán reducirse a un valor no mayor al 5% del valor de la producción agrícola de un país, y los criterios que definen las subvenciones del ‘compartimiento verde’ serán revisados y esclarecidos. De todas maneras, la reunión del Consejo General de Julio de 200512 no vio mucho progreso en las negociaciones sobre la agricultura. Para entonces, de acuerdo con Tim Groser, Presidente de las Negociaciones sobre la Agricultura,13“las negociaciones sobre la agricultura [estaban] estancadas”.

Para entender mejor las dinámicas de estas negociaciones, a continuación damos una visión general de las posiciones adoptadas por los grupos de países:

  • El grupo Cairns14 está conformado por países netamente exportadores de productos agrícolas que no se subvencionan. Estos países buscan un mejor acceso a los mercados y les gustaría que la UE y los EE.UU. reduzcan sus subvenciones a los agricultores.

  • El G1015 es un grupo de países que subvencionan su sector agrícola pero cuyas exportaciones son marginales. Ellos tienden a importar productos agrícolas pero son muy proteccionistas. Estos países no quieren abrir sus mercados ni recortar sus subvenciones.

  • El G2016, compuesto por los países en vías de desarrollo más avanzados, demandan la eliminación de las subvenciones que los países ricos otorgan a la agricultura y más acceso a los mercados.

  • Los países del G3317 se enfocan en sus “productos especiales” que serían de importancia estratégica para cada país.

  • El G90, compuesto por países miembros Africanos, del Caribe y del Pacífico (ACP) y los Países Menos Desarrollados (PMDs), insiste en tener derecho a trato especial y preferencial en estas negociaciones y quisieran que los EE.UU. dejaran de subvencionar a sus agricultores de algodón.

  • La UE y los EE.UU. son considerados los grandes jugadores. Ellos subvencionan bastante su agricultura y compiten por nuevos mercados. Se muestran renuentes a reducir las subvenciones que pagan a sus agricultores y están interesados en obtener más acceso a los mercados.

La agricultura es un asunto vital para la mayoría de los países en vías de desarrollo. Los países desarrollados, en cambio, están más interesados en NAMA (acceso no-agrícola de mercado, por sus siglas en inglés) y en la liberalización del comercio de servicios y están muy renuentes a reducir las subvenciones a sus agricultores. Aún si eventualmente lo hicieran, es muy probable que la UE y los EE.UU. todavía lograrán encontrar alguna forma de subsidiar su industria agrícola de manera tal que no violen directamente las reglas de la OMC. No obstante, los países en vías de desarrollo tienen la posibilidad de usar el proceso de Resolución de Controversias de la OMC en lo que respecta a las subvenciones ilegítimas de los países desarrollados. Recientemente, Brasil lo hizo exitosamente en lo relacionado a las subvenciones al algodón por parte de EE.UU. Sin embargo, aún es difícil para las economías pequeñas o en vías desarrollo confrontar a los países más poderosos.

Octubre de 2005

Esther Bares / Peter N. Prove
Federación Luterana Mundial
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1 La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCED) es una organización internacional que nació de la Organización Europea de Cooperación Económica (OECE), que fue formado en 1947 con el apoyo de los Estados Unidos y Canadá para coordinar el Plan Marshall para la reconstrucción de Europa después de la Segunda Guerra Mundial. La OCDE es un grupo de países con ideologías afines. Esencialmente, el único condicionante para obtener la membresía es que los países estén comprometidos con una economía de mercado y una democracia pluralista. Es rica en el sentido de que sus 30 miembros producen el 60% de los bienes y servicios a nivel mundial, pero no es exclusivista en ningún sentido. Tiene un alcance global, ya que mantiene relaciones activas con unos 70 países más, así como con ONGs y la sociedad civil. Por más de 40 años la OCDE ha sido una de las fuentes mundiales más grandes y confiables de información estadística comparativa, económica y social. Las bases de datos de la OCDE abarcan áreas tan diversas como cuentas nacionales, indicadores económicos, fuerza laboral, comercio, empleo, migración, educación, energía, salud, industria, tributación y el ambiente. La mayoría de la investigación y análisis ya se ha publicado. Para mayor información, por favor consulte: www.oecd.org

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2 Subventions, importations alimentaires et tarifs douaniers: questions fondamentales pour les pays en développement , (Subvenciones, importaciones de alimentos y aranceles aduaneros: cuestiones fundamentales para los paíes en vías de desarrollo) FAO (Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación) http://www.fao.org/french/newsroom/focus/2003/wto2.htm

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3 Ventaja Comparativa: Por ejemplo: si el país A puede producir 6 kilos de manzanas en una hora y solo 3 kilos de peras en una hora, entonces el país A tiene una ventaja comparativa en la producción de manzanas. Este puede intercambiar su excedente de manzanas en peras con el país B, que tiene ventaja comparativa en la producción de peras.

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4 Cultivating Poverty, the Impact of US cotton subsidies on Africa, (Cultivando pobreza: el impacto de las subvenciones estadounidenses al algodón sobre Africa) Oxfam Briefing paper, Oxfam International 2002

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5 L’OMC a condamné les subventions américaines à la production de coton (La OMC condenó las subvenciones americanas a la producción de algodón), R.ETWAREEA, Le Temps, 28 de Abril de 2004

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6 Coton: les subventions américaines condamnées par l’OMC, (Algodón: las subvenciones americanas condenadas por la OMC) C.THOMAS, RFI, 4 de Marzo de 2005 http://www.rfi.fr/actufr/articles/063/article_34536.asp
Farm Fallacies That Hurt the Poor (Falacias Agrícolas que lastiman a los pobres)
, K.WATKINS, Banco Mundial: El Alcance del Desarrollo. http://www1.worldbank.org/devoutreach/july03/article.asp?id=206

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7 Cultivating Poverty, the Impact of US cotton subsidies on Africa, (Cultivando pobreza: el impacto de las subvenciones estadounidenses al algodón sobre Africa) Oxfam Briefing paper, Oxfam International 2002

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8 BBCNews, Cotton subsidies squeeze Mali (Las subvenciones al algodón aprietan a Mali), Joan Baxter, BBCNews, Mayo de 2003

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9 Para mayor información, por favor consultar: http://www.wto.org/spanish/tratop_s/agric_s/negs_bkgrnd06_phase_s.htm

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10 El Mandato de Doha: http://www.wto.org/spanish/tratop_s/agric_s/negoti_s.htm

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11 El paquete de julio de 2004 y la decisión de agosto: http://www.wto.org/english/tratop_e/agric_e/negs_bkgrnd23_julypack_e.htm

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12 El Consejo General (CG) de la Organización Mundial de Comercio es el más alto organismo de toma de decisiones en Ginebra. Está clasificado como el segundo después de la Conferencia Ministerial. Ya que las Conferencias Ministeriales solo tienen lugar cada 2 años, el Consejo General lleva a cabo la labor del día a día. Todos los gobiernos miembro tienen un representante en el Consejo General.

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13 Tim Groser fue reemplazado en Agosto por Crawford Falconer de Nueva Zelanda.

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14 Argentina, Australia, Bolivia, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Costa Rica, Guatemala, Indonesia, Malasia, Nueva Zelanda, Paraguay, Filipinas, Sudáfrica, Tailandia y Uruguay

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15 Bulgaria, Taipei (China), República de Corea, Islandia, Israel, Japón, Liechtenstein, Mauricio, Noruega, Suiza

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16 Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, China, Cuba, Egipto, Guatemala, India, Indonesia, México, Nigeria, Pakistán, Paraguay, Filipinas, Sudáfrica, Tailandia, Tanzania, Uruguay, Venezuela, Zimbabwe

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17 Antigua y Barbuda, Barbados, Belice, Benin, Botswana, China, Congo, Côte d’Ivoire (Costa de Marfil), Cuba, República Dominicana, Granada, Guyana, Haití, Honduras, India, Indonesia, Jamaica, Kenya, República de Corea, Mauricio, Madagascar, Mozambique, Nicaragua, Nigeria, Pakistán, Panamá, Perú, Filipinas, St Kitts and Nevis, Santa Lucía, San Vicente y Granadinas, Senegal, Sri Lanka, Surinam, Tanzania, Trinidad y Tobago, Turquía, Uganda, Venezuela, Zambia, Zimbabwe

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EL COMERCIO DE SERVICIOS

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“A veces me privo de comer para que mis nietos puedan tomar agua”

Hawa Amadu de Ghana, donde el precio del agua se ha elevado desde su privatización,
Christian Aid

El comercio de servicios es un sector de la economía internacional que se halla en rápido crecimiento y que puede producir efectos tanto positivos como negativos. Hace diez años, la Organización Mundial de Comercio (OMC) decidió abordar este asunto. Este breve texto hará un resumen de la estrategia de la OMC al abordar el comercio de los servicios y lo que está en juego.

Hay varios tipos de servicios, desde la peluquería hasta la enseñanza, telecomunicaciones o suministro eléctrico. El sector de los servicios nos concierne a todos en la vida cotidiana. La OMC ha establecido lineamientos para el comercio de servicios a través del Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (AGCS, o GATS, por sus siglas en inglés). Este acuerdo, el primero en abarcar este sector del comercio internacional, es parte de los Acuerdos de Marrakech de 1994 que dieron culminación a la Ronda Uruguay y crearon la OMC. Las grandes corporaciones de los EE.UU. y Europa habían presionado fuertemente para que la agenda de la OMC incluyera la liberalización del sector de los servicios.

De acuerdo con la OMC, “el AGCS tiene por objeto contribuir a la expansión del comercio en condiciones de transparencia y de liberalización progresiva y como medio de promover el crecimiento económico de todos los interlocutores comerciales y el desarrollo de los países en desarrollo”1. El AGCS se apoya sobre dos pilares fundamentales:

  • el aumento de la transparencia y previsibilidad de las normas y reglamentos pertinentes, y

  • la liberalización (el mejoramiento en el acceso a los mercados y la ampliación del trato nacional2 para que se incluya a los servicios extranjeros y proveedores de servicios extranjeros) a través de la negociación.

La OMC insiste en que el AGCS no promueve directamente la liberalización/privatización nacional.

Este acuerdo identifica 4 tipos de servicios a los que se conoce como modos.

  • El Modo 1 tiene que ver con el “comercio transfronterizo” - los servicios que se suplen desde el territorio de un país hacia el territorio de otro a través de telecomunicaciones o servicio postal. La enseñanza a distancia es un ejemplo.

  • El Modo 2 abarca el “consumo en el extranjero” - cuando las personas viajan o trabajan en el extranjero y consumen servicios allí.

  • El Modo 3 se refiere a la “presencia comercial” - cuando un proveedor de servicios de un país ofrece sus servicios en otro país a través de un afiliado establecido localmente, una subsidiaria o una oficina representativa. Un ejemplo de esto es una cadena hotelera.

  • El Modo 4 concierne al “movimiento de personas físicas” - cuando un proveedor de servicios independiente o un empleado de un proveedor de servicios brinda servicios en el extranjero. Este es el caso de los doctores o enfermeras que trabajan en el extranjero.

Existen 12 sectores de servicios básicos, a saber: servicios prestados a las empresas, de comunicaciones, de construcción y servicios de ingeniería conexos, de distribución, de enseñanza, relacionados con el medio ambiente, financieros, servicios sociales y de salud, servicios de turismo y relacionados con los viajes, de esparcimiento, culturales y deportivos, de transporte, y otros servicios no comprendidos en otras secciones.

De acuerdo con las Directrices y Procedimientos para las negociaciones sobre el comercio de servicios adoptado por los miembros de la OMC en marzo de 2001, el método principal de negociación es el enfoque de peticiones y ofertas, lo que implica que cada país decide qué sectores desea liberalizar y hasta qué grado. El texto enfatiza que “deberá haber la flexibilidad apropiada para que los países en desarrollo abran menos sectores, liberalizando menos tipos de transacciones…”3 El Presidente del Consejo para el Comercio de Servicios, después de las reuniones sostenidas en septiembre, expresó que se deben hacer esfuerzos en la cantidad y la calidad de las ofertas. Una discusión se encuentra en progreso sobre el asunto de los “puntos de referencia”. Algunos países desarrollados insisten en que los países en desarrollo fijen puntos de referencia a la liberalización de sus servicios. Esto está presionando a los países en desarrollo y es contrario a las directrices y procedimientos de negociación.

En el sector de servicios no se alcanzó ningún progreso durante las reuniones del Consejo General de la OMC4 de Julio y Octubre como para allanar el camino para la Ministerial de Hong Kong en Diciembre de 2005

Uno de los asuntos clave de interés para los países en desarrollo y otros, es la privatización de los servicios esenciales provistos por los gobiernos. La privatización de los servicios de agua en las Filipinas supuestamente debió conducir a una reducción de precios, mayor eficiencia y calidad mejorada. En vez de eso, los precios se incrementaron en un 500%, la calidad del agua decayó y hasta causó algunas muertes debido al cólera.5

Cuando hablamos de privatización también debemos tener en mente que, en muchos casos, las condiciones que el FMI y el Banco Mundial imponen a sus préstamos resultan dañinas.

Otro punto clave en el AGCS es la discusión sobre el Modo 4. Como hemos visto, el Modo 4 cubre el movimiento de personas físicas - cuando un proveedor independiente de servicios o un empleado de algún proveedor de servicios brinda sus servicios en el extranjero. Este es el caso, por ejemplo, de doctores y enfermeras que trabajan en el extranjero. El hecho de que la OMC esté tratando con trabajadores migratorios puede llevar a que a estos se les nieguen sus derechos, ya que la definición de trabajador migratorio temporero aceptada por la OMC es considerablemente diferente a la aceptada por los organismos de derechos humanos de la ONU6.  Las mujeres y los trabajadores temporeros serían particularmente afectados por el Modo 4. Las mujeres se enfrentan frecuentemente a salarios más bajos y condiciones de trabajo degradantes. Los trabajadores migratorios temporeros, quienes debido a su estatus están menos integrados dentro de la sociedad y tienen menor acceso al entrenamiento profesional o a la educación, también serán afectados. Finalmente, el Modo 4 puede ser visto como una manera de “fuga de cerebros” que afecta gravemente a algunos de los países en desarrollo más pobres. Pero, por otra parte, debemos reconocer que ciertos países en desarrollo tienen una ventaja comparativa en el Modo 4 ya que son países con abundancia de fuerza de trabajo.

La privatización de los servicios esenciales y el caso de los trabajadores migratorios temporeros plantea la cuestión sobre el mandato de la OMC sobre tales asuntos. La provisión de servicios esenciales como agua, salud y educación son responsabilidad del gobierno como parte de sus obligaciones de derechos humanos. La democracia y los derechos humanos podrían menoscabarse si tales servicios llegaran a ser privatizados. También se menoscabaría los derechos de los trabajadores migratorios.

La pregunta ahora es: ¿cómo conciliar el desarrollo, el comercio y los derechos humanos, especialmente cuando todos estos están muy interrelacionados en lo que tiene que ver con los servicios?

Octubre de 2005

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1 Preámbulo sobre el AGCS, etc: http://www.wto.org/spanish/tratop_s/serv_s/cbt_course_s/c1s2p1_s.htm

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2 El Trato Nacional es uno de los pilares del régimen de la OMC. El principio de trato nacional implica que un Estado no puede tratar los productos o servicios extranjeros de manera menos favorable que a los productos y servicios nacionales. Esto no previene el que los Estados usen aranceles o cuotas de importación, puesto que este principio solo aplica a aquellos servicios y productos que ya han entrado al país. La cláusula de Nación Más Favorecida (NMF) es otro pilar del régimen de la OMC. Este principio asegura igualdad de trato para todos los miembros de la OMC. Por ejemplo, si un estado decide reducir los aranceles a los productos provenientes de cierto país, entonces las reducciones arancelarias aplicarán igualmente a todos los otros interlocutores comerciales. Esto se hace para ampliar los intercambios comerciales y para no discriminar entre los interlocutores comeciales.

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3 Directrices y procedimientos para las negociaciones sobre el comercio de servicios, adoptadas por el Consejo del Comercio de Servicios, en su serie de reuniones extraordinarias, el 28 de marzo de 2001, http://www.wto.org/spanish/tratop_s/serv_s/s_negs_s.htm

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4 El Consejo General (CG) de la Organización Mundial del Comercio es el más alto organismo de toma de decisiones en Ginebra. Está clasificado como el Segundo en importancia solo debajo de la Conferencia Ministerial. Ya que las Conferencias Ministeriales solo tienen lugar cada 2 años, el Consejo General lleva a cabo la labores cotidianas. Todos los gobiernos miembro tienen un representante ante el Consejo General, cuyo presidente actual es la Srita. Amina Mohamed de Kenia.

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5 Según lo expresado por Josua Mata de la Alliance of Progressive Labour (Filipinas) en una reunión de ONGs llevada a cabo durante la reunión del Consejo General de la OMC de Julio de 2005.

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6 Según lo expresó Genevieve Gencianos de la Internacional de Servicios Públicos (ISP) en una reunión de ONGs llevada a cabo durante la reunión del Consejo General de la OMC de Julio de 2005.

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Los ADPIC y la Salud Pública

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“Las enfermedades infecciosas matan a más de 14 millones de personas cada año. Eso es más de 38,000 muertes cada día - nueve de cada diez ocurren en países en desarrollo. Muchas de estas muertes podrían ser evitadas con la ayuda de los medicamentos apropiados. Pero los medicamentos esenciales son un lujo: una tercera parte de la población mundial no tienen acceso a ellos.”

Médecins Sans Frontières (Médicos sin Fronteras), Campaña para el Acceso a los Medicamentos Esenciales

Antes de que la Organización Mundial del Comercio (OMC) decidiera abordar los asuntos de propiedad intelectual (PI), la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) era la principal institución internacional que se encargaba de ello. No obstante, bajo la presión de las grandes casas farmacéuticas, los EE.UU. y la Unión Europea (UE) presionaron durante la Ronda Uruguay (1986-1994) para que la agenda de la OMC incluyera los asuntos de PI aunque los países en desarrollo no querían que eso pasara.

El Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC), que es parte de los Acuerdos de Marrakech de 1994, es el acuerdo multilateral más amplio en relación a la PI. Abarca 7 tipos1 de propiedad intelectual, pero acá nos enfocaremos en uno, las patentes, y la vinculación con los temas de salud pública.

El objetivo del Acuerdo sobre los ADPIC era el de armonizar las leyes de PI entre los países, mediante el establecimiento de normas de protección mínimas. Este acuerdo es de observancia obligatoria para los miembros de la OMC quienes podrán ser sancionados si no lo aplican como se requiere.

Existen buenos argumentos para proteger mediante patentes los nuevos fármacos y otros inventos. Efectivamente, sin tales reglamentos habría menos incentivos para la investigación y el desarrollo, y la innovación. Esto también significaría un decremento en la inversión, menos probabilidades de producción en países en desarrollo, y menos transferencia tecnológica.

No obstante, también hay contra-argumentos. Comprar una patente es, de hecho, muy caro especialmente para la gente de países en desarrollo. En segundo lugar, la posesión de las patentes crea situaciones de monopolio para la producción, aprovechamiento, venta, distribución y exportación del producto patentado. Consecuentemente, los precios de estos productos son, por lo general, más caros. Además, algunas compañías poseen las patentes para ciertos productos pero no las aprovechan porque no les interesa desde el punto de vista financiero. Esto impide que otros produzcan y utilicen un producto que podría ser de vital importancia.

La Declaración Ministerial de Doha de 2001 enfatizó que los miembros de la OMC reconocen la gravedad de los problemas de salud pública que afligen a muchos países en desarrollo y menos desarrollados, especialmente aquellos problemas que surgen del VIH/SIDA, la tuberculosis, la malaria y otras epidemias2 Los miembros de la OMC también acordaron que “el Acuerdo sobre los ADPIC no impide ni deberá impedir que los Miembros adopten medidas para proteger la salud pública. En consecuencia, al tiempo que reiteramos nuestro compromiso con el Acuerdo sobre los ADPIC, afirmamos que dicho Acuerdo puede y deberá ser interpretado y aplicado de una manera que apoye el derecho de los Miembros de la OMC de proteger la salud pública y, en particular, de promover el acceso a los medicamentos para todos”. 3 Esta declaración estimula a los miembros de la OMC a usar las flexibilidades que brinda el Acuerdo sobre los ADPIC.

Estas flexibilidades incluyen el derecho de los gobiernos de otorgar licencias obligatorias en caso de situaciones de emergencia nacional, y la libertad de determinar bajo qué fundamentos se otorgarán tales licencias. Según el Acuerdo sobre los ADPIC, el licenciamiento obligatorio solo es permitido en casos de emergencia nacional, pero cada miembro tiene el derecho a determinar qué constituye una emergencia nacional. El licenciamiento obligatorio significa que un Estado puede, sin la autorización del titular de la patente, emitir licencias para producir un producto patentado o utilizar un proceso patentado. Este es un mecanismo muy importante para los países en desarrollo y menos desarrollados que dependen de los medicamentos genéricos para tratar a las personas. Pero la declaración solo consideró a los países que tenían las posibilidades de producir tales medicamentos y no a los países que no tienen tales capacidades y que dependen de la importación dichos medicamentos genéricos. Este asunto se abordó en la decisión que tomó el Consejo General4 de la OMC en 2003.5 En conformidad, a los países que producen bajo licencias obligatorias copias genéricas de productos patentados se les permite exportar esos productos a países importadores que reúnen las condiciones necesarias. Esta decisión es solo una concesión provisional hasta que se enmiende el Acuerdo sobre los ADPIC. Los miembros de la OMC aún están negociando sobre este asunto.

Hasta acá hemos tratado los principios, pero ¿cómo se aplican en la realidad y cuáles son sus consecuencias en la salud pública?

Millones de personas mueren cada año alrededor del mundo por enfermedades que pueden ser curadas o prevenidas a bajo costo, tales como la malaria o la tuberculosis. En lo que respecta al tratamiento del VIH/SIDA, aunque existen medicamentos por lo general son caros.

Antes de la firma del Acuerdo sobre los ADPIC, cada país tenía sus propios reglamentos de licenciamiento, dejando mayor o menor ámbito para la producción de medicamentos genéricos. En la India, por ejemplo, las licencias que se otorgaban eran aplicables a la forma en que se producía el medicamento y no al medicamento en sí. Así, al modificar levemente el proceso de producción se lograba producir a bajo costo muchos genéricos que se hacían disponibles a la gente de países en desarrollo que no podían pagar los costos mayores del medicamento original protegido mediante patente.

La finalidad del Acuerdo sobre los ADPIC es la de armonizar los reglamentos sobre PI, con un plazo de cumplimiento más largo para los países menos desarrollados. Sin embargo, esto implica que, para cumplir con estos nuevos reglamentos, a los países como India ya no les será permitido producir genéricos de la manera como lo han venido haciendo, y que las versiones protegidas mediante patentes deberán ser compradas a un precio superior. Adicionalmente, las patentes mismas son costosas y difíciles de adquirir para las personas de países en desarrollo. Las industrias farmacéuticas del Norte poseen las patentes de los fármacos para muchas de las enfermedades que afectan a las personas de los países en desarrollo y además tienen el dinero para la investigación y el desarrollo, pero prefieren desarrollar fármacos para las enfermedades que afligen a las poblaciones más ricas del Norte. Así es, es de mayor interés para las casas farmacéuticas, desde el punto de vista financiero, desarrollar aún más fármacos para la migraña que desarrollar y vender fármacos baratos que salvarían vidas en el Sur.

De manera que, ¿tienen las casas farmacéuticas el derecho a decidir la vida o la muerte de las personas solamente porque poseen la patente para el medicamento requerido y porque fijan precios muy altos para tales fármacos? Desafortunadamente, eso es lo que está sucediendo. No obstante, existen medidas que pueden adoptar los países en desarrollo para equilibrar el poder de las casas farmacéuticas. Efectivamente, el “licenciamiento obligatorio” puede ser una forma para lograr que las casas farmacéuticas reduzcan sus precios.

A modo de ejemplo, Novartis solía vender un medicamento (Glivec) para tratar cierta forma de leucemia a US$ 25 en Brasil, pero las compañías brasileñas podían producir una versión genérica a US$ 8. Después de las negociaciones entre el gobierno brasileño y Novartis, la casa farmacéutica decidió reducir el precio de Glivec porque Brasil amenazó con usar la cláusula de “licenciamiento obligatorio” para producir genéricos más baratos.

Desafortunadamente, esta no siempre es la solución porque cuando las casas farmacéuticas están estrechamente conectadas a los gobiernos, éstos últimos podrían tomar medidas comerciales de retorsión contra los países que quieran utilizar las disposiciones del “licenciamiento obligatorio”. Este fue el caso para Tailandia en la década de 1990. Tailandia quería importar fármacos genéricos para los pacientes con VIH/SIDA desde un tercer país. Los EE.UU., atendiendo a los intereses del titular de la patente basado en los EE.UU., dejaron en claro que si esto sucediese, ellos elevarían los impuestos sobre la madera y joyería tailandeses que se importan a los EE.UU.

La presión de la sociedad civil también es importante. Como ejemplo, el gobierno de Sudáfrica aprobó una ley en 1997 que autorizaba la producción e importación de fármacos genéricos para hacer frente a la pandemia del VIH/SIDA. Efectivamente, “los fármacos patentados cuestan entre £7,000 y £10,000 por paciente anualmente ($10,500 y $15,000), mientras que los fármacos genéricos más baratos, de Brasil o Tailandia por ejemplo, cuestan £150 ($200) por paciente anualmente.”6 Antes de entrar en efecto, la ley fue bloqueada por las casas farmacéuticas bajo alegatos de que ésta no acataba las normas internacionales sobre propiedad intelectual. Varias ONGs iniciaron la campaña de “Vidas antes que ganancias” y en 2001 las casas farmacéuticas retiraron sus acciones judiciales.

Otra manera de asegurar el acceso de las personas a la salud es a través del marco legal de derechos humanos. En efecto, la mayoría de los estados son signatarios de las convenciones internacionales que estipulan el derecho a la vida y el derecho a la salud7. Se puede referir a estos instrumentos legales al hacer incidencia para que los Estados eviten firmar acuerdos comerciales que los llevarían a infringir sus obligaciones de derechos humanos en lo que respecta al derecho a la vida y el derecho a la salud.

En el caso de los ADPIC y la salud pública, hay un claro choque entre el comercio, según lo promueven algunos países desarrollados y casas farmacéuticas, y el bienestar de millones de personas enfermas del mundo en desarrollo.

Octubre de 2005

Esther Bares / Peter N. Prove
Federación Luterana Mundial
Oficina de Asuntos Internacionales y Derechos Humanos
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1 Derecho de autor y derechos conexos, marcas de fábrica o de comercio, indicaciones geográficas, dibujos y modelos industriales, patentes, esquemas de trazado de los circuitos integrados y protección de información no divulgada.

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2 Declaración relativa al acuerdo sobre los ADPIC y la salud pública de Noviembre de 2001: http://www.wto.org/spanish/thewto_s/minist_s/min01_s/mindecl_trips_s.htm

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3 Ibidem

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4 El Consejo General (CG) de la Organización Mundial del Comercio es el más alto organismo de toma de decisiones en Ginebra. Está clasificado como el Segundo en importancia solo debajo de la Conferencia Ministerial. Ya que las Conferencias Ministeriales solo tienen lugar cada 2 años, el Consejo General lleva a cabo la labores cotidianas. Todos los gobiernos miembro tienen un representante ante el Consejo General.

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5 Decisión del Consejo General de 30 de agosto de 2003: http://www.wto.org/spanish/tratop_s/trips_s/implem_para6_s.htm

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6 CNN, 19/04/01 Q&A: South Africa's AIDS treatment battle (Preguntas y Respuestas: la batalla de Sudáfrica para el tratamiento del SIDA ):  http://archives.cnn.com/2001/WORLD/africa/04/18/safrica.drugs.factfile/

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7 Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, artículo 12
Declaración Universal de Derechos Humanos, artículo 25.1
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, artículo 6
Convención de los Derechos del Niño, artículos 6 y 24

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